Las declaraciones del intendente Walter Cortés, quien confirmó que encabezará una lista de convencionales constituyentes y que podría tomarse licencia para impulsar la reforma de la Carta Orgánica municipal, sumaron una fuerte objeción jurídica. El abogado Alejo Ramos Mejía sostuvo que el jefe comunal no puede ejercer simultáneamente el cargo de intendente y el de convencional, ni siquiera bajo la figura de licencia, y que, si pretende integrar la convención, debería renunciar a la Intendencia.
La advertencia surge como respuesta directa a los dichos de Cortés durante una extensa rueda de prensa, donde aseguró: “Se pide una licencia, yo puedo encarar la lista y después volver a la Intendencia, por supuesto”, en el marco de un discurso de fuerte confrontación con la oposición, el sindicato municipal y el Concejo Municipal, y de una defensa cerrada de una reforma profunda del texto orgánico.
En diálogo con Voz Radio, Ramos Mejía fue categórico: “Los cargos electivos en Bariloche son incompatibles con otros cargos electivos. No se puede tomar una licencia para asumir un cargo electivo y después continuar en otro. O se es intendente o se es convencional constituyente”.
El letrado explicó que la incompatibilidad surge de la propia Carta Orgánica municipal, que establece que al cargo de intendente le corresponden las mismas inhabilidades e incompatibilidades que al de concejal. Entre ellas, figura expresamente la prohibición de detentar otro cargo electivo.
“Aun estando de licencia, se sigue siendo intendente. Y aun estando de licencia, se seguiría siendo convencional. Por eso no se pueden tener los dos cargos a la vez”, subrayó.
En ese sentido, precisó que el único camino legal para que Cortés integre la convención como convencional constituyente es renunciar previamente a la Intendencia. De lo contrario, podrá participar del proceso como actor político, con voz e influencia, pero no ocupando una banca dentro del cuerpo reformador.
“Puede participar, puede opinar, puede llevar proyectos a través de su fuerza política, y sin dudas seguirá siendo una voz importante en el debate. Pero no necesariamente tiene que hacerlo siendo convencional”, remarcó.
Más allá del aspecto estrictamente técnico, Ramos Mejía cuestionó el eje que está tomando el debate público. “Me parece lamentable que estemos discutiendo el futuro de los próximos veinte años de Bariloche con una cuestión menor como si corresponde o no una licencia. Deberíamos estar discutiendo proyectos”, sostuvo, y vinculó esta situación con un deterioro de la calidad institucional y de las prioridades de la dirigencia.
En relación al procedimiento, recordó que la atribución de convocar a elecciones de convencionales constituyentes es exclusiva del Concejo Deliberante, y no del Ejecutivo.
“Quien debe llamar a elecciones es el Concejo. Y quien debe proveer los medios económicos, financieros, logísticos y de infraestructura para que la convención funcione es el Ejecutivo”, explicó.
De este modo, señaló que ni el intendente ni los concejales serán protagonistas centrales de la convención, sino los convencionales que resulten electos, quienes además definirán su propio reglamento de funcionamiento, modalidades de debate y mecanismos de participación ciudadana.
Sobre el alcance de la reforma, aclaró que la Carta Orgánica establece una revisión total obligatoria cada veinte años, aunque ello no implica necesariamente modificar todos los artículos.
“La convención puede reformarla totalmente, puede hacer una reforma parcial o incluso no reformar ningún artículo. Lo que sí es obligatorio es la revisión, y no se le pueden poner límites a esa revisión”, explicó. Incluso, agregó que la propia convención podría modificar el plazo de veinte años y establecer uno distinto.
También se refirió a los proyectos presentados por concejales de la oposición que buscan fijar una metodología de participación ciudadana. Si bien valoró la intención, aclaró que la convención es soberana y no está obligada a adoptar esos esquemas.
“La modalidad de funcionamiento la va a establecer la misma convención. Será ella la que decida a quién escucha, cómo y bajo qué mecanismos”, indicó, y no descartó herramientas presenciales y digitales para recoger aportes de vecinos y organizaciones.
Respecto de los tiempos, Ramos Mejía señaló que el Concejo puede convocar a elecciones antes del próximo 4 de enero, fecha a partir de la cual la obligación de revisión se vuelve exigible.
A su criterio, lo más sano desde el punto de vista institucional es que el proceso se inicie antes, para que la nueva Carta Orgánica esté lista —o muy avanzada— para enero del año próximo, y para evitar superposiciones con los calendarios electorales de 2027.
“La Carta Orgánica tiene que ser el fruto de un acuerdo ciudadano, no de una puja coyuntural”, enfatizó.
Finalmente, volvió al eje central que contradice los dichos del intendente: Cortés puede expresar su voluntad de reformar la Carta Orgánica, puede impulsar políticamente el proceso e incluso postularse como convencional, pero no puede ser intendente y convencional constituyente al mismo tiempo, ni resolverlo mediante una licencia.
Las definiciones del abogado introducen un componente jurídico clave en un escenario ya atravesado por fuertes cruces políticos, y anticipan que la discusión sobre la reforma de la Carta Orgánica no sólo se dará en el plano de los contenidos, sino también en el de la legalidad del camino elegido para impulsarla.













