El Ministerio Público Fiscal de Río Negro formuló cargos contra Miguel Ángel Montero (64), acusado de haber atacado con una navaja a un integrante del Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF), quien sufrió cortes en la mano izquierda durante un violento episodio ocurrido el 8 de enero en el paraje El Manso.
Según la acusación fiscal, el hecho se produjo alrededor de las 14h, en inmediaciones de la pasarela sobre la Ruta Provincial 83, a la altura del kilómetro 22. Allí, el imputado habría interceptado al brigadista, lo increpó de manera alterada y lo siguió por el camino mientras profería insultos, para luego golpearlo con puños en distintas partes del cuerpo.
La situación fue advertida por una tercera persona, que intervino para separar al agresor. Sin embargo, de acuerdo con el relato del Ministerio Público, Montero regresó al lugar, extrajo de su cintura un arma blanca tipo navaja —de unos 22 centímetros de largo total— y retomó la agresión. Al intentar cubrirse, la víctima sufrió una lesión cortante en la cara palmar de la primera y segunda falange del dedo mayor de la mano izquierda.
La Fiscalía sostuvo que, pese a la herida, el imputado continuó con golpes e insultos hasta que el brigadista extrajo un machete de su mochila de trabajo, lo que permitió disuadir el ataque y provocar el cese de la agresión. Finalmente, el acusado se retiró del lugar.
El hecho fue calificado legalmente como lesiones leves, conforme al artículo 89 del Código Penal. Como sustento probatorio, el Ministerio Público mencionó el acta de denuncia penal, el certificado médico, un informe de la División Judicial de Investigaciones, el acta de allanamiento en el domicilio del imputado —donde se halló la navaja utilizada—, la inspección ocular con registro fotográfico, el secuestro de un arma blanca similar y el acta de notificación de imputación.
La defensa manifestó que su teoría del caso difiere de la expuesta por la acusación y que se apoya en una versión distinta brindada por el imputado, la cual intentará sostener durante la investigación penal preparatoria. En la audiencia, ambas partes también expresaron su disposición a trabajar en una solución pacífica del conflicto.
Finalmente, el juez de garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso, como medida cautelar, la prohibición de contacto entre el imputado y la víctima por el plazo que dure la investigación, fijado en cuatro meses.













