El tribunal integrado por los jueces Martín Arroyo, Gregor Joos y Marcelo Alvarez Melinger declaró por unanimidad a José Luis Tato y Juan Emanuel Nesteruk como penalmente responsables de los delitos de “Robo agravado por el uso de arma de fuego en concurso ideal con robo agravado en poblado y en banda en grado de tentativa”.
El veredicto fue dado a conocer este miércoles, después del mediodía, con una síntesis de la resolución presentada por el juez Gregor Joos, tras tres días de juicio. Este fallo precede al juicio de cesura, cuya fecha será fijada próximamente.
Los hechos
El incidente juzgado ocurrió el 31 de agosto del año pasado, frente al domicilio de las víctimas, situado en la calle Martín García del barrio Las Victorias. Durante el alegato de apertura, el fiscal Marcos Sosa Lukman explicó que los acusados, junto con dos cómplices aún no identificados, se movilizaban en un vehículo Peugeot 206. Estacionaron su auto, un Ford Focus, cerca del vehículo de las víctimas, quienes eran turistas alojados en una vivienda de alquiler temporario.
En ese momento, Juan Emanuel Nesteruk, armado, amenazó a una mujer y le arrebató la llave de la vivienda. Simultáneamente, José Luis Tato y otro individuo intentaron abordar al hombre, quien logró escapar brevemente antes de que los atacantes regresaran a revisar el vehículo. Posteriormente, los acusados huyeron en su auto, pero fueron detenidos poco después por la policía en la calle Cabildo 19 del mismo barrio. En el cacheo de seguridad, se encontró en poder de Nesteruk un arma de fuego calibre 22 y un cargador con nueve cartuchos.
Defensa y veredicto
La defensa argumentó que el incidente se debió a un desencuentro en una operación de compra venta de estupefacientes, versión que ambos imputados presentaron en sus declaraciones. Sin embargo, las declaraciones de las víctimas coincidieron con la versión del fiscal: la mujer fue amenazada con un arma y le arrebataron la llave de la vivienda. El hombre también confirmó el robo de la llave. Los acusados, por su parte, alegaron que fueron al lugar debido a una disputa por estupefacientes y que el hombre víctima disparó un arma.
Durante el juicio, se presentaron varias llamadas al 911 alertando sobre el robo, incluyendo la realizada por la mujer víctima y un chofer de colectivo. Hubo testimonios sobre ruidos de detonaciones, aunque no se pudo determinar si fueron disparos o fallos mecánicos. La cámara de seguridad del barrio mostró a ambos vehículos implicados y un testigo confirmó haber visto la persecución del hombre víctima.
Evaluación y sentencia
El tribunal concluyó que el robo fue planeado con un seguimiento detallado de las víctimas por distintas zonas de la ciudad, incluyendo el microcentro de Bariloche. Las comunicaciones entre los imputados, grabadas y auditadas, mostraron la planificación y visualización de las acciones de las víctimas. Se destacó que los acusados fotografiaron a las víctimas y las señalaron en las fotos, aprovechando la zona turística.
El veredicto subrayó que el robo fue frustrado por la reacción de las víctimas y que la llave arrebatada no se encontró en poder de los acusados ni en el auto requisado. Por ello, el hecho fue calificado en grado de tentativa. La tenencia del arma se consideró subsumida en el uso de arma durante el robo.
Finalmente, el juez Joos afirmó: “Hay un atraco a mano armada. La condición de ‘consumidores’ alegada por los imputados no modifica este hecho, y la posición de víctimas que intentaron esbozar no se ajusta a las conductas desplegadas. Ninguno de ellos llamó al 911″.
El tribunal fijará la fecha del juicio de cesura próximamente para determinar las penas correspondientes.













